viernes. 29.03.2024
JUBILACIÓN

Cinco respuestas esenciales sobre la devolución de aportes a las AFP

La norma promulgada posibilita el retiro de hasta Bs15.000 del fondo para la jubilación. No todos los aportantes podrán hacerlo. Los expertos consideran que al solicitar la devolución anticipada de este fondo se afectará la calidad de la pensión cuando llegue la edad de jubilación. Una guía con las respuestas fundamentales acerca de la devolución de aportes a las AFP.

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Ya está en vigor la norma que permite solicitar una parte del ahorro para la jubilación. Foto: Senado

El Gobierno promulgó este miércoles la Ley que autoriza la devolución de aportes realizados por los trabajadores al Fondo de jubilación. Aunque resta la reglamentación de la norma en los próximos diez días, la ley establece claramente hasta dónde llega la recogida anticipada de aportes.

Con esta norma los aportantes al Fondo se preguntan si la disposición es para todos , qué se gana y que se pierde y, tal vez lo más importante, como afecta una devolución de este tipo a la jubilación cuando, supuestamente, se obtiene una pensión para esa etapa de la vida en la que ya no se tiene actividad laboral.

Sin duda, no es un tema menor porque más allá de si existen o no los fondos para financiar esta devolución o se cumple una promesa electoral, está en juego el monto de la pensión que se obtendrá dentro de unos años y las condiciones en que se enfrentará la vejez.

A continuación las cinco respuestas esenciales para decidir sobre la devolución de aportes.

¿Todos los aportantes a las AFP podrán retirar sus aportes?

No. La norma establece que solamente podrán optar por este retiro anticipado las personas que:

  1. No perciben algún beneficio del Sistema Integrado de Pensiones como la Pensión de Vejez, Pensión Solidaria de Vejez o Pensión por Invalidez o Muerte.
  2. No percibieron algún ingreso del sector público o privado al último día calendario del mes anterior de promulgada la Ley (30 de agosto).
  3. No aportaron a alguna de las dos AFP desde diciembre de 2019 como dependientes del sector público.

En la estimación del gobierno, 1.474.376 de aportantes están habilitados para esta devolución. Los datos del regulador del sistema previsional establecen que hasta enero de este año existían 2.434.561 asegurados con Cuentas Personales Previsionales (CPP).

¿Hasta qué monto de devolución puedo solicitar?

El monto más alto que se puede solicitar es de Bs15.000. La norma establece tres modalidades de acuerdo al monto acumulado en la cuenta individual:

  1. Si tiene acumulado hasta Bs100.000 en tu cuenta individual se puede solicitar la devolución de hasta 15% (Bs15.000). La edad del aportante no se toma en cuenta.
  2. Si el fondo acumulado es superior a Bs100.000 el monto límite es también Bs15.000. De igual manera, no se toma en cuenta la edad del aportante.
  3. Finalmente, si el aportante tiene acumulado menos de Bs10.000 en su cuenta individual puede solicitar la devolución del total siempre y cuando tenga 50 o más años de edad.

¿Se puede solicitar la devolución más de una vez?

No. La norma establece que esta devolución es por única vez y se produce como resultado del impacto de la pandemia de coronavirus en la economía de los aportantes. El aportante deberá solicitar la devolución en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) en que está registrado de acuerdo a un mecanismo que será definido en la reglamentación.

¿Las personas que soliciten esta devolución perderán su jubilación más adelante?

No. Sin embargo, la Ley establece que si el aportante no devuelve el monto solicitado más los intereses generados desde el rescate hasta esta devolución al Fondo, perderá la fracción solidaria (el monto adicional que otorga el Fondo Solidario para mejorar la pensión si la persona tiene menos de 120 aportes) y la cobertura del seguro de salud con el que se benefician los jubilados.

¿Cuál es el impacto del retiro en mi jubilación?

Al solicitar la devolución, el aportante disminuye su cantidad de aportes y naturalmente el valor de su cuenta individual, es decir, el monto ahorrado con lo que se afecta la capacidad de generar el fondo suficiente para una pensión mínima cuando llegue la edad de jubilarse. A esto se suma la imposibilidad de mejorar esta renta con la fracción solidaria y obtener seguro de salud si no devuelve el monto solicitado a través de esta Ley.

El monto rescatado y los parámetros establecidos para la devolución (el total acumulado en la cuenta) muestran un impacto importante en el ahorro para la jubilación. De todas maneras, la Ley de Pensiones establece opciones para obtener el monto acumulado cuando llegue la edad y no alcance para una pensión igual al salario promedio de los últimos 24 meses (dos años).

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