sábado. 18.07.2026

Del soborno a la estigmatización: una mirada crítica desde el compliance y la ética periodística

Andrea Lizárraga es asociada en los equipos de Compliance, Bancario, Defensa al Consumidor y Arbitraje de PPO

Hace unas semanas, medios chilenos informaron que un conductor de un vehículo escolar, de nacionalidad boliviana, fue detenido por encontrarse en estado de ebriedad e intentar sobornar a un carabinero. Este hecho, si bien involucra a un individuo, no es un acto aislado y pone en evidencia dos temas claves: (1) el arraigo a prácticas de corrupción, y (2) la forma en que los medios pueden contribuir a reforzar estigmas sobre ciertas nacionalidades. Desde una perspectiva de compliance y ética empresarial, este caso ofrece varias lecciones que discutiremos en esta ocasión. 

Corrupción cotidiana y sus consecuencias

La corrupción se presenta de diversas formas, desde escándalos institucionales vinculados a sobornos millonarios, hasta hechos cotidianos como pagos a oficiales de tránsito o pagos para la aceleración de trámites, que en muchos casos deberían ser gratuitos. Estos últimos pueden parecer de bajo impacto, sin embargo, reflejan una cultura de ilegalidad y normalización de este tipo de prácticas. Al mismo tiempo, demuestra los desafíos reales que enfrentamos para consolidar una cultura de integridad.

En el caso que mencionamos, más allá de su gravedad legal que implica la comisión de un delito, proyecta una imagen negativa y que genera un daño reputacional al país de origen del infractor. Esto claramente refleja que las acciones personales, independientemente del contexto en el que uno se encuentre, pueden generar efectos reputacionales a terceros, ya sea en un entorno personal o empresarial. Igualmente, en el contexto de un entorno cada vez más digitalizado, este tipo de incidentes tienen mayor alcance, no pasan desapercibidos y tampoco se olvidan fácilmente.

¿Qué tiene que ver esto con las empresas?

Como mencionamos, a primera vista, podría entenderse que este tipo de hechos no tiene relación con el mundo corporativo ni con programas de cumplimiento. Sin embargo, es importante notar que muchas empresas, especialmente en sectores como servicios de transporte, logística o consumo masivo dependen de terceros para la ejecución de sus operaciones, los cuales representan o actúan en nombre de la empresa frente a instituciones o funcionarios públicos.

En ese sentido, la selección de terceros debe estar respaldada por un proceso riguroso de debida diligencia, orientado a identificar a aquellos candidatos que compartan -o estén dispuestos a asumir- los principios y políticas de compliance de la empresa. Los riesgos de cumplimiento no se eliminan al ser externalizados; por el contrario, en muchos casos pueden incrementarse, especialmente cuando las actividades delegadas implican contacto con autoridades, manejo de recursos o representación frente a terceros.

En el caso de análisis, al involucrar a un conductor de un vehículo escolar, es importante notar que las organizaciones, ya sean públicas o privadas, deben realizar la debida diligencia sobre las entidades que contratan. ¿Qué confianza otorgaría una entidad escolar si no realizaría la verificación de antecedentes, formación, etc., de personas que estarán a cargo del transporte y cuidado de los menores? La implementación de procedimientos de debida diligencia a personal externo, como la capacitación continua, debe formar parte de la inversión que debe hacer una empresa para lograr una cultura de cumplimiento.

¿Fue necesario resaltar la nacionalidad del infractor?

Un aspecto interesante sobre la nota de prensa y de varios medios que replicaron la noticia fue el énfasis en destacar la nacionalidad del conductor en los titulares, a pesar de que este dato no era relevante para explicar el caso. Esta práctica, lejos de informar con mayor claridad, puede contribuir a reforzar prejuicios o generar una estigmatización hacia una determinada comunidad.

En otros países, como parte de los estándares de ética periodística y derechos humanos, existen recomendaciones dirigidas a los medios de comunicación para evitar la mención de la nacionalidad, etnia, raza, religión de las personas involucradas en hechos delictivos, salvo que ese dato sea esencial para la comprensión del hecho o este directamente vinculado con la investigación. Por ejemplo, organismos como el Consejo de la Prensa Alemana o la Organización Independiente de Normas de Prensa (IPSO) de Reino Unido han emitido lineamientos que buscan que los periodistas eviten la discriminación innecesaria y puedan evaluar si la información publicada responde a un interés público o simplemente alimentaria estereotipos.

En el contexto de una relación sensible por conflictos históricos entre Bolivia y Chile, este tipo de prácticas solo puede tener efectos dañinos. La asociación del hecho delictivo a la nacionalidad del autor de forma innecesaria no solo desvía la atención del comportamiento individual, sino que también afecta la percepción pública sobre comunidades enteras, muchas de las cuales viven, trabajan o estudian en el país donde se reporta la noticia. En ese sentido, vale la pena que los periodistas como el público en general reflexionen sobre qué datos aportan valor real a la noticia y cuales podrían, por el contrario, contribuir a prácticas discriminatorias.

Conclusiones

El caso del conductor detenido en Chile por intentar sobornar a un carabinero nos recuerda que la lucha contra la corrupción no se presenta únicamente en contextos institucionales, sino sobre todo en las acciones cotidianas. Conductas como esta, reflejan la falta de una cultura de integridad y de cumplimiento en los distintos niveles de la sociedad.

Para las organizaciones, este tipo de incidentes ofrece una oportunidad para reflexionar sobre la importancia de extender la cultura de cumplimiento a procesos de contratación con terceros. La debida diligencia en la selección de terceros y la capacitación continua son pilares fundamentales de un programa de cumplimiento. La omisión de cualquiera de estos pilares o la creencia de que no implican una inversión podría generar distintos riesgos legales y reputacionales para una organización.

Finalmente, es importante cuestionar el rol que juegan los medios de comunicación en la forma en que se construye la narrativa de estos hechos. La mención innecesaria de la nacionalidad del infractor no solo distrae el fondo del problema, sino que puede reforzar estigmas colectivos que nada tienen que ver con la conducta individual. Promover una comunicación más ética y responsable también es parte del compromiso con una sociedad más integra y respetuosa con los derechos de todas las personas.

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