martes. 07.05.2024

La Ley de Oro ¿arma de doble filo?

Luis Fernando Romero Torrejón es Presidente del Colegio Departamental de Economistas de Tarija.

Esta polémica ley corta, recientemente aprobada, tiene un artículo que debe analizarse, aplicarse y supervisarse con mucho cuidado, el Nº 9 para más ser precisos.

Si bien es algo regular que los bancos centrales, de los países del mundo, realicen inversiones con sus reservas de oro, las dejen en custodia o realicen operaciones con las mismas en los mercados financieros y de capitales a nivel internacional, no es común que estas se moneticen, o sea, que las conviertan en dinero en efectivo (divisas); más bien, estos entes monetarios nacionales, buscan adquirir más activos en este metal precioso, ya que el oro no es pasivo de nadie. Pero, justamente esto es lo que ahora permitirá esta normativa, que el BCB pueda vender nuestro oro, las joyas de la abuela.

Antes, la venta de nuestras reservas en oro tenía que ser aprobadas por excepción por la Asamblea Legislativa Nacional, pero ahora, por el artículo 9, el BCB tiene la libertad de "transformarlas y convertirlas en divisas", si así lo ve conveniente, para incrementar la liquidez de nuestras RIN u optimizar el rendimiento de estas. A propósito, de las 43,05 toneladas que el BCB indica que tenemos como reservas, un 99% de las mismas están depositadas en entidades financieras internacionales, pero solo un 1% se encuentran en nuestro poder, es decir en las bóvedas de esa institución.

El detalle, es que existe un riesgo, mínimo pero real, que al monetizar las mismas no se utilicen precisamente para fortalecer nuestras RIN, sino que se destinen a financiar el gasto público o simplemente dar liquidez, en dólares americanos, al SFN, para así evitar una posible devaluación, ya que hasta la fecha, sigue existiendo una escasez de esta divisa por la incertidumbre y especulación de cierta parte de la población; esto debido a las reacciones del mercado fueron adversas por la implementación de un tipo de cambio preferencial y la venta de dólares americanos de manera directa al público por parte del BCB.

Se debe tener mucho cuidado con la aplicación de esta ley, sobre todo en ese artículo en particular, ya que no sabemos cuáles serán sus efectos o resultados en cuanto a la compra de oro del mercado interno, generación de divisas por operaciones en el mercado internacional, la respuesta en las expectativas de los diferentes agentes económicos, entre tantas variables.

Lo cierto, es que, por la necesidad de recursos y liquidez a corto plazo, podemos comprometer la estabilidad económica y financiera del país, más aún en una coyuntura de inflación mundial, perspectivas negativas de crecimiento y una incertidumbre latente por la guerra europea que afecta a los mercados en todo sentido.

Somos como el Titanic, cada vez más próximos al iceberg.

La Ley de Oro ¿arma de doble filo?